EL TSJPV DESESTIMA RECURSO DE PETRONOR E IBERDROLA A LA SENTENCIA DEL JUZGADO Nº 4 QUE LAS CONDENO A PAGAR SOLIDARIAMENTE 331.359 EUROS A FAMILIARES DE VICTIMA DEL AMIANTO

EL TSJPV DESESTIMA RECURSO DE PETRONOR E IBERDROLA A LA SENTENCIA DEL JUZGADO Nº 4 QUE LAS CONDENO A PAGAR SOLIDARIAMENTE 331.359 EUROS A FAMILIARES DE VICTIMA DEL AMIANTO

ASVIAMIE CONSIDERA QUE LOS RECURSOS DE EMPRESAS INFRACTORAS CON LA LEGISLACIÓN DEL AMIANTO, GENERA SUFRIMIENTO, SIN PODER ELUDIR SU RESPONSABILIDAD

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ha rechazado los Recursos de PETRONOR e IBERDROLA contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 4 de Bilbao, que el 12 Septiembre de 2016 les condeno a pagar solidariamente entre MONTAJES DEL NERVIÓN, AUXILIAR DE PLANTAS INDUSTRIALES, PETRONOR, IZAR CONSTRUCCIONES NAVALES; IBERDROLA y GESTORES MARITIMOS TERRESTRES a pagar 331.359,24 euros, mas intereses, a la familia de Paulino L.N, un tubero que falleció con 63 años, afectado de un MESOTELIOMA pleural en Junio de 2016, tras serle reconocida la Incapacidad Absoluta por Enfermedad Profesional derivada de la exposición al amianto.

Paulino LN, trabajo como tubero en Montajes Nervión en los años 71-72 como subcontrata en la Refinería de Somorrostro y 2 meses en el año 73, como subcontrata de Iberduero en la Central Térmica Santurce, contratado por APLINSA durante 5 meses, como subcontrata de la Naval de Sestao y durante 4 meses como subcontrata en los Astilleros Ruiz Velasco.
OSALAN tras investigar el origen de la enfermedad, concluye: “El trabajador presenta una patología relacionada con el amianto y aunque no hay una constatación, si se describe la probabilidad de haber sufrido una exposición al amianto. Dado que en dichos centros de trabajo estaba presente o los compañeros manipularon amianto.

Tanto PETRONOR como IBERDUERO sin acreditar que cumplieran la legislación en relación con el amianto presente en sus instalaciones, recurren la sentencia, cuestionando su responsabilidad en el pago de la indemnización con la siguiente argumentación:

1) PETRONOR: Que no queda probado que Paulino hubiera estado expuesto al amianto; Negar que la construcción de la Refinería integre la actividad de la empresa o cuestionar el Baremo de indemnización

2) IBERDUERO afirma que Paulino no trabajo como tubero, sino como ayudante de ajustador, limpiando y reparando motores, que estuvo solo 47 días y cuestiona el Baremo del calculo de la indemnización, tratando de reducir la cuantía en un 50%.

El Tribunal Superior desbarata una a una los argumentos empresariales, estando probado la presencia de amianto, “resulta irrelevante si Paulino los manipulo directamente las mantas de amianto o no, dado que estás desprenden fibras que quedan en el aíre y se inhalaban por quien, como en su caso, trabajaba junto a ellas” y ninguna de las empresas ha realizado el menor esfuerzo probatorio, más allí de meras afirmaciones de parte, para acreditar que Paulino no estuvo expuesto al amianto en sus centros de trabajo o que cumplieran la legislación vigente.

Por tanto desestima sus recursos, que conlleva la pérdida del depósito de 300 euros y condena a dichas empresas al pago de los costes judiciales.

ASVIAMIE, Asociación vasca de victimas del amianto, muestra su satisfacción por esta nueva sentencia del TSJPV, que desbarata las maniobras de grandes empresas, tratando de eludir su responsabilidad con la exposición al amianto del fallecido, que trabajo sin medida de protección alguna.

Igualmente, consideramos que las empresas que incumplieron la legislación de Seguridad e Higiene en relación con el amianto, tienen cada vez mas difícil eludir sus responsabilidades tras el reconocimiento de una enfermedad profesional, por tanto, pedimos que abandonen sus recursos judiciales, que solo generan sufrimiento en las victimas y familias.

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