TSJPV RECHAZA RECURSO DE GARAY RECUBRIMIENTOS SA Y CONFIRMA INDEMNIZACIÓN A FAMILIA DE TRABAJADOR FALLECIDO POR MESOTELIOMA PLEURAL AL TRABAJAR COMO “FALSO-AUTONOMO CON AMIANTO.

“LA PREVENCIÓN HABRIA SIDO MAS RENTABLE PARA TODOS”, AHORA TOCA IMPULSAR LA CREACIÓN DEL FONDO DE COMPENSACIÓN.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha rechazado el recurso de GARAY RECUBRIMIENTOS SA y ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 3 de Bilbao, que condeno a la empresa a indemnizar en concepto de daños y perjuicios a los familiares de un trabajador fallecido por cáncer derivado del amianto, con un importe total de 449.806,98 euros (114.000 a la viuda y 9.586,26 € a la hija y 326.220,72 para los herederos del fallecido e intereses de 10.651,32 €), asimismo le impone el pago de los costes judiciales.


José Luis R.S. falleció con 61 años en Octubre del 2016, un año después de que se le reconociera la Incapacidad Absoluta por enfermedad profesional, al estar afectado de un MESOTELIOMA PLEURAL derivada de la exposición al amianto en Garay Recubrimientos SLU entre los años 1986 y 1999 como “Falso-Autónomo” pasando posteriormente a la plantilla, hasta que causo baja por Accidente de Trabajo con Tendinopatía del hombro. El fallecido entre sus tareas, realizaba la reparación de las tuberías de vapor del ciclo productivo, cambiando las juntas y empaquetaduras de amianto para evitar fugas, reparar y sustituir las planchas de Uralita del tejado de la nave o reparar la prensas, sustituyendo las mantas de amianto, actividad que desarrollada sin protección respiratoria alguna, limpiando el lugar de trabajo con aire a presión o llevar la ropa de trabajo a domicilio para su lavado.

La Sentencia entiende que el “Trabajador Autónomo” no era conforme a derecho, al estar integrado en el proceso productivo y atendiendo a las necesidades de la empresa, por tanto era un “Falso-Autónomo”. 2) Que no existe ningún elemento probatorio sobre el posible contacto con amianto del trabajador fallecido en otras empresas, mientras se constata la presencia en dicha empresa. 3) La empresa pide que se valore la reducción de la indemnización en razón del EPOC, el enfisema y el hábito tabaquico de José Luis y contar este con una Incapacidad Total con anterioridad.

El TSJPV señala que en ocasiones sea contemplado una reducción de la indemnización por neoplasia pulmonar a fumadores que estuvieron en contacto con amianto, sin embargo, no cuenta con ninguna descripción de la que deducir por concurrencia del Mesotelioma y el habito de fumar y excluye una reducción por la Incapacidad Total, dada su desconexión total con la enfermedad y su fallecimiento. Por tanto, confirma la sentencia del Juzgado de lo Social Nº 3 e impone a la empresa los costes judiciales.

ASVIAMIE, Asociación vasca de victimas del amianto, muestra su satisfacción por que la sentencia, pone en evidencia una vez mas, que adoptar medidas preventivas frente a las sustancias cancerigenas en el trabajo, incluida la legislación de Seguridad e Higiene y la del amianto, hubiera sido mucho más rentable para todos, especialmente para la victimas.
Por esta razón, reclamamos a GARAY RECUBRIMIENTOS y las numerosas empresas que utilizaron amianto en sus instalaciones, se impliquen y presionen para la creación del Fondo de Compensación para las victimas del amianto, cuyo debate y resolución Parlamentaria esta previsto para Octubre y acabe con el sufrimiento generado por los recursos judiciales. Caso contrario, se generarán situaciones complicadas

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