CONDENA A WAGON LISTS Y RENFE OPERADORA A INDEMNIZAR A LA FAMILIA DE UN FALLECIDO POR UN MESOTELIOMA

  • EL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE DONOSTIA CONDENA A WAGON LISTS Y RENFE OPERADORA A INDEMNIZAR CON 476.451,62 EUROS A LA FAMILIA DE UN FALLECIDO POR UN MESOTELIOMA.
  • ASVIAMIE RECLAMA PREVENCIÓN FRENTE A LAS SUSTANCIAS CANCERIGENAS Y LA CREACION URGENTE DE UN FONDO DE COMPENSACIÓN A LAS VICTIMAS.

El juzgado de lo Social Nº 1 de Donostia ha condenado a COMPAGNIE INTERNATIONALE DES WAGON LISTS ET DU TURISME SA y RENFE OPERADORA (Fabricación y Viajeros y Mercancías) a abonar solidariamente a la viuda e hija de José A.Y fallecido con 55 años, el 2013, las siguientes cantidades 342.645,29 euros en concepto de daños y perjuicios por secuelas como herederas, así como 114.691,14 euros por muerte para la esposa y 19.115,19 euros para la hija, es decir un total de 476.451,62 euros, al contemplar un doble derecho indemnizatorio: Un derecho adquirido por sucesión hereditaria por los daños padecidos por la victima mientras vivió y un derecho propio como perjudicadas por una muerte a causa del incumplimiento empresarial de las medidas preventivas.

 

José A.Y, trabajo en Wagons Lists en la Estación de RENFE Irun, entre 1982 hasta 1994, que fue despedido, realizando tareas de reparación y mantenimiento en los trenes.

En Enero 2013, se le diagnostico un Mesotelioma pleural maligno, cinco meses mas tarde, el INSS le reconoció la Incapacidad Permanente Absoluta por enfermedad profesional, falleciendo en Agosto de 2013.

En el tramo temporal que Joserra desarrollo su actividad en Wagons Lists en contacto con el amianto que revestía los trenes, se conocían los riesgos de la exposición a la sustancia cancerigena.

La empresa estaba obligada a suprimir el riesgo o reducirlo, con una amplia legislación, como: El Reglamento de Seguridad e Higiene de 1940, Decreto de 1947 que incluía la Asbestosis como enfermedad Profesional, Reglamento de los Servicios Médicos de 1959, Decreto de 1961 sobre enfermedades profesionales derivadas del amianto, Reglamento de Industrias Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1961, Ordenanza General de Seguridad e Higiene, Orden M, de 21 julio de 1982 y el Reglamento de 1984 sobre trabajos con amianto, entre otras que la empresa incumplió, al realizarse los trabajos con total desconocimiento del riesgo y sin protección alguna.

Por tanto, es indudable la relación causal entre la enfermedad y muerte del demandante. y la ausencia de medidas preventivas por el incumplimiento empresarial de sus obligaciones preventivas

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ASVIAMIE, Asociación vasca de victimas del amianto, muestra su satisfacción por la sentencia, al realizar justicia por el incumplimiento empresarial de las medidas preventivas frente al riesgo de graves enfermedades profesionales.

Esta nueva sentencia, sitúa la importancia de la sustitución de las múltiples sustancias cancerigenas presentes en los centros de trabajo, mientras el grave riesgo es ocultado o ignorado por los Servicios de Prevención y las empresas, con la esperanza de que las MUTUAS, logren ocultar el origen profesional de las enfermedades.

Tarea cada vez más dificultosa, ante la creciente información y decisión de las victimas en impedir la ocultación de estás.

Asimismo, reclamamos la urgente creación del Fondo de Compensación a las Victimas del amianto, que en justicia nos corresponde, evitando las injustas diferencias entre victimas, entre quienes, como en este caso, tienen empresa a la reclamar Recargos y Daños o Perjuicios, o ninguna compensación por cierre o desaparición de la empresa.

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